¿Qué es la lista negra del SAT?
La "lista negra" es la base de datos oficial del SAT con contribuyentes que el SAT presume emiten facturas sin que exista operación real. Aparecen personas físicas y morales que facturan sin tener la capacidad para prestar el servicio o entregar el bien.
El SAT la llama formalmente lista de contribuyentes con operaciones presuntamente inexistentes. Viene dividida en 6 categorías. Cada una tiene consecuencias distintas para tu deducción. No puedes tratar "cancelado" igual que "firme" — son dos riesgos diferentes.
¿Por qué debes verificar un RFC antes de operar?
Si eres contador, área de compras o responsable fiscal de una empresa, verificar el RFC de tus proveedores debe ser parte de tu proceso estándar. Los riesgos de no hacerlo son:
- Pérdida de deducciones: el SAT puede rechazar los gastos relacionados con proveedores en lista negra para efectos del ISR.
- Acreditamiento rechazado: el IVA acreditado con esas facturas puede ser objetado y deberás reintegrarlo con recargos.
- Auditorías y requerimientos: operar con contribuyentes de la lista 69-B aumenta significativamente el riesgo de revisión fiscal.
- Responsabilidad solidaria: en algunos casos, la empresa receptora puede ser considerada responsable del impuesto no enterado por el emisor.
- Multas: el artículo 76 del CFF establece multas de entre 55% y 75% del impuesto omitido cuando no se acredita la materialidad de las operaciones.
La verificación preventiva es simple y tarda menos de 10 segundos. El costo de no hacerla puede ser una auditoría, un crédito fiscal con recargos y, en el peor caso, responsabilidad penal. La proporción no tiene sentido.
Verifica el RFC de cualquier proveedor ahora — es gratis
Usa el buscador en la parte superior de esta página. El resultado aparece en segundos con la categoría exacta si el RFC está en la lista 69-B.
Ir al buscador completo →¿Qué categorías incluye la lista 69-B?
La base de datos del SAT distingue seis categorías de contribuyentes incumplidos. No todas representan el mismo riesgo:
- Cancelados: contribuyentes cuyo procedimiento del artículo 69-B fue cerrado a su favor. El SAT abrió el caso pero el contribuyente demostró la materialidad de sus operaciones. Ya no representa riesgo activo, aunque se recomienda documentar bien cualquier operación.
- Firmes: definitivamente identificados como emisores de comprobantes de operaciones inexistentes. Las facturas de estos RFC no son deducibles para ISR ni el IVA es acreditable. Es la categoría de mayor riesgo.
- Créditos exigibles: tienen adeudos fiscales determinados en cobro coactivo. No implica necesariamente facturas falsas, pero es señal de incumplimiento fiscal sostenido.
- No localizados: el SAT no pudo localizarlos en su domicilio fiscal registrado. Señal importante de que el contribuyente puede no existir como entidad operativa real.
- Sentencias: con resolución judicial relacionada con delitos fiscales, incluyendo defraudación fiscal o comercialización de comprobantes falsos (artículo 113 del CFF).
- Entes omisos: que no presentaron declaraciones fiscales obligatorias en los plazos establecidos. Puede indicar abandono de obligaciones o empresa inactiva que sigue emitiendo CFDI.
De estas, las categorías firmes y sentencias representan el mayor riesgo operativo. Un RFC en estado cancelados tuvo un incumplimiento previo que ya fue resuelto, pero igual merece atención.
Qué significa cada resultado al verificar
Al consultar un RFC en Incumplidos MX, el sistema devuelve uno de estos resultados:
- No aparece en la lista: el RFC está limpio en la base de datos oficial del SAT. Sin restricción por este concepto para deducir o acreditar.
- Aparece como cancelado: hubo un proceso 69-B que fue cerrado. Puedes operar, pero documenta el contrato, la evidencia de entrega y el pago bancario.
- Aparece como firme: no uses esas facturas para deducir. Si ya las tienes registradas, consulta con tu asesor fiscal sobre presentar declaración complementaria.
- Aparece como no localizado: pide la Constancia de Situación Fiscal vigente del proveedor antes de cualquier operación. Si no puede entregarla, considera rechazar al proveedor.
- Aparece con sentencia: no operes con ese RFC. Hay una resolución judicial de por medio.
Cómo verificar un RFC paso a paso
El proceso en Incumplidos MX tarda menos de un minuto:
- Ingresa el RFC en el buscador de esta página (arriba) o en el buscador completo. El formato correcto es 3–4 letras, seguidas de la fecha de nacimiento o constitución en formato AAMMDD, más 2–3 caracteres alfanuméricos.
- El sistema consulta en tiempo real la base de datos oficial del SAT, actualizada automáticamente los días 1, 11 y 21 de cada mes.
- Obtendrás el estatus: limpio (no aparece en ninguna categoría) o incumplido (con la categoría específica y lo que significa para tus operaciones).
- Guarda una captura del resultado con la fecha visible. Ese registro es tu evidencia de debida diligencia ante una revisión del SAT.
Para validar listas completas de proveedores, usa nuestro validador masivo de RFC: sube un CSV con hasta 100 RFCs y descarga los resultados clasificados por categoría en segundos. Con correo registrado, el límite sube a 500 RFCs.
¿Qué hacer si tu propio RFC aparece en la lista?
Si eres el contribuyente identificado, el procedimiento es diferente. El artículo 69-B establece que tienes 20 días hábiles a partir de la notificación del SAT para aportar pruebas que acrediten la materialidad de tus operaciones. No esperes a que el SAT te notifique formalmente — si detectas que tu RFC aparece en la lista, actúa de inmediato.
Las pruebas más relevantes son: contratos firmados, comprobantes de pago bancario, facturas de insumos utilizados en la prestación del servicio, registros de nómina o de personal externo, entregables del servicio (reportes, obras, productos), y cualquier evidencia de que la operación ocurrió físicamente.
Contacta a un asesor fiscal especializado en procedimientos del artículo 69-B de inmediato. El plazo para desvirtuar los hechos es breve y vence de manera estricta.
Preguntas frecuentes
¿Con qué frecuencia se actualiza la lista?
El SAT publica actualizaciones aproximadamente cada 10 días. Incumplidos MX sincroniza automáticamente los días 1, 11 y 21 de cada mes a las 3:00 AM. Un proveedor que estaba limpio puede aparecer en la próxima actualización, por lo que la verificación debe ser periódica.
¿Un RFC "cancelado" en la lista sigue siendo riesgoso?
La categoría cancelados indica que el SAT canceló el procedimiento del artículo 69-B para ese contribuyente. En general ya no representa un riesgo activo para las operaciones futuras, pero se recomienda documentar bien cualquier operación: contrato, evidencia de entrega y pago por transferencia bancaria.
¿Puedo deducir facturas de un proveedor en lista negra?
Depende de la categoría. Si el RFC es firme, esas facturas no son deducibles para ISR y el IVA acreditable puede ser rechazado. Si el RFC es cancelado, la deducción es posible con la documentación adecuada. Para una guía completa, lee: ¿Puedo deducir facturas de un RFC en lista negra del SAT?
¿Qué hago si mi propio RFC aparece en la lista?
Debes presentar pruebas ante el SAT que acrediten la materialidad de tus operaciones dentro del plazo establecido (20 días hábiles desde la notificación). Contacta a un asesor fiscal especializado en procedimientos 69-B de inmediato. No esperes a que el caso pase a estado firme.