Guía · Contadores y despachos

RFC cancelado de un proveedor: qué hacer y cómo protegerte

Encontraste que un proveedor tiene el RFC cancelado en la lista del SAT. Antes de decidir qué hacer con esas facturas, revisa esta guía.

Verifica el RFC del proveedor ahora

Muestra la categoría exacta si el RFC está en la lista 69-B del SAT

Lo primero: confirma la categoría exacta

Si tu proveedor aparece en la lista 69-B, el paso inicial es confirmar la categoría exacta. Hay categorías donde paras todo. Hay otras donde continúas pero documentando bien. Verifica cuál es antes de cualquier otra decisión.

Qué significa cada categoría y qué debes hacer

Firme

Alto riesgo. No deducir. El SAT concluyó definitivamente que las operaciones de este RFC son inexistentes. Las facturas no son deducibles para ISR ni el IVA es acreditable. Si ya las tienes contabilizadas, consulta con tu asesor fiscal sobre declaración complementaria.

Sentencias

No operar bajo ninguna circunstancia. Tiene resolución judicial por delitos fiscales. El riesgo es equivalente al de categoría firme con agravante penal.

Cancelado

Riesgo bajo — documentar bien. El SAT abrió y luego cerró el procedimiento. El proveedor demostró que sus operaciones fueron reales. Puedes operar, pero sigue el protocolo de documentación que se describe abajo.

Exigible

Precaución. Tiene adeudos fiscales confirmados en Procedimiento Administrativo de Ejecución. No impide operar ni invalida facturas directamente, pero muestra problemas de cumplimiento fiscal sostenidos.

No localizado

Señal de alerta. El SAT no encontró a este contribuyente en su domicilio fiscal registrado. Pide la Constancia de Situación Fiscal vigente antes de cualquier operación. Si no puede entregarla, rechaza al proveedor.

Entes omisos

Verificar estado. No presentó declaraciones obligatorias. Puede indicar abandono de obligaciones. Verifica la Constancia de Situación Fiscal para confirmar que el RFC sigue activo.

Confirma la categoría exacta antes de decidir

Ingresa el RFC del proveedor para ver la categoría con detalle: tipo de persona, fecha de publicación, entidad federativa.

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Pasos concretos cuando el RFC es "cancelado"

Si el RFC es cancelado, el SAT cerró el procedimiento a su favor. Puedes continuar operando. Pero esto es lo que tienes que hacer para protegerte:

1

Verifica el RFC y guarda el resultado

Usa el buscador de Incumplidos MX y guarda una captura de pantalla o PDF del resultado con la fecha del día visible. Este registro demuestra que verificaste antes de operar — es evidencia de debida diligencia ante una revisión del SAT.

2

Solicita la Constancia de Situación Fiscal vigente

Descargada directamente del portal del SAT por el proveedor, con antigüedad no mayor a 3 meses. Confirma que el RFC está activo y que el domicilio fiscal coincide con donde opera realmente. Si no puede entregarla, considera rechazar la operación.

3

Firma un contrato detallado

El contrato debe especificar con precisión el objeto del servicio o bien, las fechas de inicio y conclusión, los entregables concretos y la forma de pago. Un contrato genérico no es suficiente para acreditar materialidad ante el SAT.

4

Paga por transferencia bancaria, siempre

El pago en efectivo no deja rastro bancario. La transferencia al RFC del proveedor es evidencia directa de que el dinero salió de la empresa hacia ese contribuyente específico. Conserva el estado de cuenta.

5

Conserva toda la evidencia de la operación

Correos de coordinación, actas de entrega, reportes de trabajo, fotos, órdenes de compra firmadas, accesos a sistemas, registros de asistencia. Todo lo que demuestre que el servicio o bien fue efectivamente entregado y recibido.

6

Repite la verificación mensualmente si el proveedor es recurrente

Un proveedor en categoría cancelado puede mantenerse así — o puede reaparecer en otra categoría si el SAT reabre el procedimiento o detecta nuevas irregularidades. La verificación periódica es parte del mantenimiento del expediente.

Cuándo rechazar la operación aunque el RFC sea "cancelado"

La categoría cancelado permite operar, pero hay situaciones donde lo más prudente es no proceder:

  • El proveedor no puede entregar Constancia de Situación Fiscal vigente — señal de que puede no estar operando formalmente.
  • El RFC ha aparecido como cancelado en múltiples ocasiones — puede indicar un patrón de uso del procedimiento 69-B como escudo temporal.
  • La operación es de alto valor y la documentación del proveedor es escasa — la proporción riesgo/recompensa no justifica proceder sin evidencia sólida.
  • El proveedor no puede describir con precisión lo que entregará ni tiene entregables verificables.
  • El proveedor solo acepta pago en efectivo o solicita transferencias a cuentas de terceros no relacionados con su RFC.

El criterio final siempre es la capacidad del proveedor para documentar la materialidad de la operación. Si esa capacidad no existe, el riesgo de la deducción recae sobre tu cliente.

¿Qué pasa si el RFC está en categoría "firme"?

Si el proveedor aparece como firme en la lista 69-B, la situación es completamente diferente y requiere acción inmediata:

  • Las facturas emitidas por ese RFC no son deducibles para efectos del ISR. No hay argumentación que cambie esto si el SAT ya determinó el carácter definitivo.
  • El IVA acreditable de esas facturas puede ser rechazado en su totalidad, con obligación de reintegrar el monto acreditado más actualización y recargos.
  • El SAT puede notificar formalmente a los receptores de esas facturas — generalmente mediante carta invitación o requerimiento de información — para que aclaren la operación o corrijan su declaración.
  • Si tu cliente ya dedujo esas facturas, evalúa con urgencia si conviene presentar declaración complementaria voluntaria antes de que llegue la notificación del SAT. La corrección proactiva tiene consecuencias menores.

En estos casos, la recomendación es no operar con ese proveedor bajo ningún argumento y documentar en el expediente que verificaste y tomaste la decisión de no proceder. Esa constancia también te protege.

Impacto en las facturas ya emitidas por un RFC cancelado

Si el proveedor es cancelado ahora, las facturas que emitió antes son válidas en principio. El SAT cerró el procedimiento a su favor — reconoció que las operaciones eran reales. El estatus cancelado es a tu favor, pero no sustituye la documentación completa si el SAT pregunta.

¿Con qué frecuencia debo verificar a mis proveedores?

El SAT actualiza la lista 69-B aproximadamente cada 2-3 semanas. Un proveedor que estaba limpio hoy puede aparecer en la próxima actualización. Para un despacho contable, el protocolo recomendado es:

  • Proveedores activos de alto valor (más de $50,000 MXN mensuales): verificar mensualmente, idealmente los primeros días del mes cuando ya está incorporada la actualización más reciente.
  • Al recibir cualquier factura de un proveedor nuevo o desconocido: verificar antes de contabilizar, sin excepción.
  • Antes del cierre del ejercicio fiscal: verificar toda la cartera de proveedores del año para identificar cualquier cambio de estatus antes de la declaración anual.
  • Antes de la declaración anual de tu cliente: una revisión de todos los proveedores que generaron deducciones significativas.

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